En iBlog, leo un pequeño resumen de los puntos que hay que tener en cuenta (sobre todo los fumadores) para no ser sorprendidos por esta nueva ley que acaba de entrar en vigor hoy 3 de abril del 2008 y asi evitar sanciones, ya que algunas van mas allá de simples multas económicas, sino que también podrían dar a parar a la cárcel.

Donde no es permitido fumar:
Donde si es permitido fumar:
En espacios al aire libre:
- La vía pública, siempre que el humo del tabaco no llegue a lugares cerrados y no haya cubiertas que impidan la circulación del aire
- Terrazas
- Habitaciones de hoteles destinadas a fumadores
Sanciones derivadas de no respetar esta ley:
Información adicional:
Pronto los demás estados como Nuevo León, tomaran el ejemplo y también impondran una ley similar.
Aunque esto podría provocar un impacto económico bastante grande para bastantes establecimientos, se deben de buscar soluciones integrales, ya que esto en verdad es una acción importante para contribuir a la protección de la gente que en verdad no tiene la culpa de el humo que inhalan los fumadores, que se hagan daño ellos mismos y no a los demás.
De igual manera, falta ver que esta ley se respete, y mas aún (la triste realidad) porque en nuestro país es facil burlar la ley, la corrupción es cosa de todo los días y no nos debe sorprender si se aplica a este tipo de sanciones.
Pero también hay gente que sabra aprovechar esta para poner algun establecimiento de «solo fumadores», un lugar que sin duda pronto tendrá su demanda. La otra es que planteen una solución bastante bizarra como la que ya anteriormente habíamos publicado en este blog: Burlando la ley anti-tabáco.
Enlace: El ABC de la Ley Antitabaco
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